Límites en la protección de una marca
En un primer post hablamos de la protección de una marca, ahora continuamos con la descripción de los límites que genera la registración.
Una marca es el sello que distingue un producto o un servicio de una empresa a otra. Es el elemento que hace que un determinado producto o servicio, tal vez con parecidas o similares características, sea distinto de otro.
Con la registración de la marca podemos hablar de la generación de 3 clases de límites de protección.
1) Espacial: Dado por la territorialidad, significa que la marca se circunscribe al ámbito territorial del país en el que se efectúa el registro.
2) Temporal: Resulta dado por el plazo de concesión de la marca, que en Argentina es de 10 años y puede ser renovado indefinidamente por períodos idénticos si cumple con los requisitos.
3) Principio de Especialidad: Significa que se protege una marca en relación con la clase en la que se ha efectuado el registro, es decir para los productos o servicios para los que ha sido registrada. Esto permite la coexistencia en el mercado con marcas iguales en la medida que no haya confusión.
¿Qué derechos confiere el registro?
La marca registrada confiere el derecho exclusivo de uso. Implica la posibilidad de excluir a otros del uso de una marca igual o similar que pueda producir confusión en el consumidor.
La marca registrada es un derecho de propiedad para su titular, y como tal puede ser transferida, a título oneroso o gratuito, o bien su uso puede ser autorizado a terceros.
La autorización de uso a terceros habitualmente forma parte de un contrato de licencia o de franquicia.
Escrito por Carlos Federico Lavigne, Abogado especialista en propiedad intelectual y egresado de la UTDT.
